viernes, 15 de noviembre de 2013

¿Presión o buena praxis?

  El caso Nóos parece tener muchas ramas que hasta más adelante no sabremos si se quedan deshojadas o se volverán perennes. Una de estas, y no la menor, teniendo en cuenta la singularidad de la interfecta, es la que alcanza a Doña Cristina de Borbón. Por un lado está el juez José Castro que lleva la invertigación, y por el otro el fiscal anticorrupción Pedro Horrach. Este último, a tenor del escrito presentado a aquél, pide la no imputación de la Infanta por no existir pruebas o cuando menos indicios racionales de delito, a pesar de que el Juez aún deba recibir una exposición concluyente de Hacienda en lo que respecta al modo de proceder de la aludida, y así redactar el informe pertinente. Parece que el Fiscal Anticorrupción de Baleares le ha enviado lo que se viene en llamar escrito preventivo, algo infrecuente entre las  instancias judiciales.

  La pregunta que nos hacemos una mayoría de españoles, es si el Fiscal hubiera sido tan diligente llamándose la protagonista, es un decir, Ana Fernández. ¿Se trata pues de una afrenta hacia quien debe decidir, o por el contrario es la profunda convicción del Fiscal en la inocencia de la Infanta?

  Se admiten cábalas. Por ejemplo: ¿Hay presiones desde la Fiscalía General del Estado para aminorar la maniobrabilidad del juez Castro? ¿Hay indicaciones desde las esferas más altas del porder político -vía titular de aquélla- para presionar al Juez de Palma, por el temor a que una imputación de Doña Cristina pueda convertir a la institución de la Corona -con un descrédito apreciable en los últimos tiempos-, en una entidad impostada de la cual termine renegando un buen número de españoles?

  Vamos a suponer que esos no sean los propósitos y efectivamente no haya motivos que justifiquen la imputación. Siendo así, no obstante, el señor Pedro Horrach, me temo esté haciendo un flaco favor a la Corona, pues con su modo de proceder tan insólito, no hace otra cosa que alimentar las suspicacias del común de los mortales. Aunque, efectivamente, deba prevalecer la presunción de inocencia.

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